DISTRITO NACIONAL, República Dominicana.- Fue condenado a cumplir la pena de 30 años de prisión el acusado Sonari Labrada Amor, quien fue hallado culpable de la acusación que el Ministerio Público del Distrito Nacional presentó en su contra por quitarle la vida al señor Jhonny Pérez Cepeda, durante un suceso ocurrido la tarde del 14 de junio 2018, en el sector de Gascue.
El Tercer Tribunal Colegiado de esta jurisdicción, conformado por las juezas Arlin Ventura, Milagros Ramírez y Leticia Noboa, ordenó que el acusado cumpla la sentencia en el Centro de Corrección y Rehabilitación de Najayo Hombres, en San Cristóbal.
El órgano acusador le otorgó al presente caso la calificación jurídica de asesinato, delito previsto y sancionado en los artículos 295, 296, 297 y 302 del Código Penal Dominicano.
Durante la etapa de investigación, a cargo del procurador fiscal Cesarino Minyety, el Ministerio Público obtuvo diversos elementos de pruebas testimoniales, documentales, periciales, materiales e ilustrativas, las cuales demostraron la culpabilidad de Labrada Amor en la comisión del hecho de sangre.
El escrito de acusación instrumentado por la Fiscalía del Distrito Nacional narra que el lamentable suceso se produjo cuando la víctima caminaba hacia su casa a buscar unas herramientas para instalar un tanque de gas en la residencia de su hija, siendo en ese momento que el acusado Labrada Amor vio al señor Pérez Cepeda y lo siguió.
De inmediato, el hoy sentenciado, sin mediar palabras, con una pistola le realizó varios disparos al señor Pérez Cepeda, además de golpearle con el arma de fuego cuando yacía en el pavimento mortalmente herido, hecho que fue presenciado por varios testigos que se encontraban en el lugar del crimen, según establecieron durante el juicio de fondo las procuradoras fiscales Lewina Tavares Gil y Catalina Bueno Patiño.
Trascendió en el tribunal que el móvil del lamentable hecho que dio al traste con la vida de Pérez Cepeda, quien era el presidente de la junta de vecinos del sector, fueron viejos conflictos que existían entre él y el acusado por un parqueo, ya que el condenado Labrada Amor acostumbraba a estacionar su vehículo frente a la casa de la víctima, según los testimonios recabados por el órgano persecutor.
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