Tres meses de prisión contra acusado de disparar contra dirigente del PRM durante incidente en Simón Bolívar

DISTRITO NACIONAL, República Dominicana.- Tres meses de prisión en la cárcel de Najayo, en la provincia San Cristóbal, fueron impuestos al joven que el Ministerio Público acusa de disparar en un incidente en el sector Simón Bolívar durante las elecciones del 5 de julio y provocarle la muerte a Julio César Perez Valdez.

El dirigente del Partido Revolucionario Moderno murió en un tiroteo ocurrido en las proximidades de un centro de votación que funcionaba en el politécnico del sector y que dejó dos heridos.

La Oficina De Atención Permanente del Distrito Nacional acogió la solicitud de prisión que hizo el Ministerio Público contra Andy Sánchez Doñé, quien estaba prófugo por el caso y fue detenido en un operativo en en el sector Capotillo.

En la audiencia que se conoció en la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del Distrito Nacional, el Ministerio Público aportó diversas evidencias que fueron evaluadas por el tribunal, considerándolas como suficientes para imponer la medida cautelar que Sánchez Doñé deberá cumplir en el Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo Hombres, en la provincia San Cristóbal.

La instancia con la solicitud de medida de coerción presentada por la Fiscalía del Distrito Nacional durante la audiencia establece que Sánchez Doñé acompañó en todo el proceso electoral como seguridad al imputado GelpiPolanco Gómez, administrador del Hospital Dr. Francisco Moscoso Puello, de quien recibió la orden para disparar, procediendo a realizar unos 19 disparos.

El pasado lunes también le fue impuesta medida de coerción al imputado Gelpi Polanco Gómez, quien deberá cumplir tres meses de prisión preventiva en la Penitenciaría Nacional La Victoria.

El Ministerio Público ha calificado jurídicamente los hechos ocurridos en este caso como asociación de malhechores, homicidio, asesinato, tentativa de asesinato y uso ilegal de arma de fuego, delitos previstos y sancionados por el Código Penal Dominicano y la Ley 631-16 sobre Armas, Municiones y Materiales Relacionados.

En torno al caso, la institución del sistema de justicia indicó que durante el incidente fue herido de bala en el hemitórax izquierdo la víctima Jean Luis González, además de recibir heridas otras dos personas, mientras que Pérez Valdez resultó muerto.

Conforme a las investigaciones realizadas por la Fiscalía del Distrito Nacional, a través de su Departamento de Crímenes y Delitos contra la Persona, el móvil del lamentable hecho fue un conflicto que se produjo entre el imputado Polanco Gómez y la víctima Jean Luis González.

En ese orden, indicó que unas semanas antes del suceso, Polanco Gómez acordó con González que enviara su gente a votar para luego pagarle a cada uno de ellos por el sufragio, pero, cuando el herido reclamó el dinero, el agresor se negó a pagarle.

El órgano persecutor del crimen indicó que fue bajo esas circunstancias que el imputado Polanco Gómez habría empujado a la víctima González, indicándole a su seguridad que le disparara, procediendo presuntamenteSánchez Doñé a tomar su arma de fuego con la que habría disparado de manera indiscriminada, en dirección hacia donde estaba el señor González Díaz, mientras con la otra mano tomó a su jefe y se lo llevó del lugar de los hechos, para emprender inmediatamente la huida.

 

El Ministerio Público asegura que continuará ampliando las investigaciones del caso y persiguiendo a todas las personas que pudieran estar vinculadas a este lamentable hecho, para procurar que reciban las sanciones que establece la ley.

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