PROVINCIA LA ALTAGRACIA.- Tres hombres que fueron acusados por el Ministerio Público de quitarle la vida a un comerciante en medio de un hecho ocurrido en el colmado “Berigüete” del municipio de Higüey en el año 2012, fueron condenados a penas de 30 y 20 años de prisión.
El Tribunal Colegiado de esa jurisdicción impuso las penas contra Joan Santana De La Cruz, alias Alex, condenado a 30 años de reclusión mayor, y Jeison Feliciano Castro y Yan Meske Encarnación, alias El Brujo, ambos sentenciados a 20 años de prisión.
El Ministerio Público, a través de la Procuraduría Fiscal de La Altagracia, dirigida por el magistrado Edwin Encarnación y que estuvo representada por la magistrada Mercedes Santana Rodríguez, logró demostrar la responsabilidad penal de los imputados en el hecho en que perdió la vida el comerciante Frank Ogando Berigüete, ocurrido en el establecimiento de su propiedad, ubicado en la calle Enrique Rijo 25, del sector Veintiuno de Enero del municipio de Higüey.
Según el certificado de la autopsia hecha por el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (INACIF), Ogando Berigüete perdió la vida tras recibir un disparo en el hemitorax izquierdo, realizado con un arma de fuego, cañón corto, marca Smith y Wesson, calibre 9 milímetros, No. VLM6179.
30 años contra española
En otro orden, el Ministerio Público de La Altagracia informó que obtuvo una condena de 30 años de prisión contra una española acusada de homicidio agravado contra un hombre de su misma nacionalidad.
Se trata de María Isabel González Fernández, quien fue condenada a pena máxima por el Tribunal Colegiado, luego que fuera declarada culpable del delito de asesinato contra su compatriota el señor Antonio Crespo Pando, residente en la provincia La Altagracia, y que fue reportado como desaparecido en fecha 30 de marzo del 2012, siendo posteriormente encontrado el cuerpo sin vida en fecha 7 abril de ese mismo año, próximo a la carretera Friusa, presentando según la autopsia traumas contusos craneoencefálico.
El Ministerio Público presentó contundentes elementos de prueba con los cuales demostró que la ciudadana española cometió el hecho imputado, previsto y sancionado por los artículos 295, 296 y 302 del Código Penal Dominicano.
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