Tres hombres condenados a 20 años por homicida con arma blanca
DISTRITO NACIONAL, República Dominicana.- Los jueces del Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional condenaron a prisión a los acusados Jerry Capois Pimentel, Jorge Luis Bautista Gómez (a) Momo y Juan Antonio Cordero Gómez (a) Chiquito, quienes fueron hallados culpables de la acusación que la Fiscalía presentó en su contra por quitarle la vida a la víctima Claudio Parra Bierd, propinándole nueve heridas con arma blanca.
El tribunal compuesto por los jueces Yissel Soto, Deiby Peguero y Clara Castillo sentenció a los acusados Bautista Gómez y Cordero Gómez a la pena de 20 años de cárcel cada uno, mientras que dictó 10 años de prisión contra Capois Pimentel, condena que estos deberán cumplir en la Penitenciaría Nacional La Victoria.
El escrito de acusación narra que los hechos ocurrieron alrededor de las 2:26 de la madrugada, del 21 de noviembre 2016, en el Ensanche Quisqueya, por las inmediaciones de las calles 18 y Respaldo Boechio, donde está ubicada la discoteca La Para, lugar en el que la víctima se encontraba y del cual tuvo que salir tras producirse un altercado.
“Estando fuera del centro nocturno, el joven Parra Bierd fue sorprendido por los tres acusados, quienes se abalanzaron sobre él. De inmediato, Capois Pimentel agarró a la víctima para que Cordero Gómez le pegara en la cabeza con una botella, mientras alias Momo le propinaba puñaladas en diferentes partes del cuerpo y le pateaba”, expusieron en audiencia las procuradoras fiscales litigantes Rosa Alba García y María Silvestre.
Rápidamente, todos los atacantes emprendieron la huida, siendo el crimen captado por las cámaras de vigilancia de otro establecimiento comercial del área. Acto seguido, Claudio Parra Bierd fue trasladado hasta el Hospital Dr. Marcelino Vélez Santana, donde fue constatado su fallecimiento a causa de las heridas de arma blanca que sufrió.
El Ministerio Público ha otorgado al presente caso la calificación jurídica de homicidio voluntario y porte ilegal de arma blanca, delitos previstos y sancionados en los artículos 295 y 304 del Código Penal Dominicano y en los artículos 3 (numeral 6), 83 y 86 de la Ley 631-16 sobre el Control y Regularización de Armas.
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