Senado discute, desde este martes, proyecto de endurecimiento de penas por tráfico ilícito de migrantes

Distrito Nacional (República Dominicana).-.El presidente del Senado, Ricardo de los Santos, anunció que el proyecto sometido por el Poder Ejecutivo para endurecer las penas contra el tráfico de migrantes será presentado al pleno en la sesión de este martes y que, de inmediato, se conformará una comisión especial para su estudio y consideración.

El presidente del Senado, Ricardo de los Santos, recibió en su despacho al consultor Jurídico del Poder Ejecutivo, Antoliano Peralta, quien acudió a depositar un anteproyecto de ley que modifica la Ley 137-03, sobre Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas, remitida por el Poder Ejecutivo, en el marco del anuncio de una serie de medidas presentadas por el presidente Luis Abinader, para incrementar la lucha contra la inmigración irregular.

El presidente de la República, Luis Abinader, en comunicación enviada al presidente del Senado, establece que el objetivo de esta iniciativa es modificar el referido texto en los artículos 2, 5, 6 y 7 a los fines de precisar con mayor exactitud los elementos que constituyen tráfico ilícito de migrantes y los tipos penales específicos en los que se incurren dentro de esta conducta ilícita.

La misiva del mandatario, indica, además, que con esta pieza se adicionan otras circunstancias agravantes del delito, tanto para el actor principal como para el cómplice.

Agrega que con esta medida se fortalece el marco legal para el enjuiciamiento del delito del tráfico ilícito de migrantes y también se refuerza el compromiso del Estado Dominicano para disminuir al máximo la práctica de esta actividad ilícita, con miras a aumentar la seguridad ciudadana y garantizar la protección de las personas y la custodia de la seguridad nacional.

Al recibir la pieza legislativa, el presidente del Senado, Ricardo de los Santos, anunció que esta pieza legislativa será introducida al pleno senatorial en la sesión de mañana martes y que, de inmediato será conformada una comisión especial para su estudio y ponderación.

El consultor Jurídico del poder Ejecutivo, Antoliano Peralta, acudió acompañado de Pedro Montilla Castillo, subconsultor jurídico, y dio lectura al documento en el que destacó los objetivos principales de las modificaciones. De aprobarse, estas constituirían un importante paso adelante en el endurecimiento de las penas para los infractores de la ley y fortalecerían el marco legal en la lucha contra este flagelo.

El funcionario anunció que el delito relacionado con migrantes pasará de una pena de 10 a 15 años de prisión y una multa no menor de 150 ni mayor de 250 salarios mínimos del Estado, a un rango de 12 a 20 años de reclusión, una multa de 750 a 1,500 salarios mínimos del sector público y la inhabilitación de los derechos de ciudadanía.

Del mismo modo, se incrementa la sanción para los cómplices y se añaden importantes agravantes, como el uso de armas, el daño a personas mayores de edad o la muerte de la persona objeto del tráfico. Para estas y otras circunstancias similares, se establecen distintas penas agravadas que pueden alcanzar hasta los 40 años de prisión.

En el artículo 2 se amplía la definición y se agregan los elementos constitutivos del tráfico ilícito de migrantes, ya que la definición contenida en la ley vigente impide la persecución eficiente por parte del Ministerio Público y la aplicación de las normativas correspondientes.

En el artículo 5 se añade la tipificación de delitos por omisión, estableciendo que se deben cumplir dos condiciones: que la persona sea garante de la protección de un bien jurídico determinado o de la vigilancia de un foco de peligro, siempre que exista la obligación legal o contractual de actuar de una forma determinada, o que exista una estrecha relación de comunidad entre personas; o cuando, dentro del propio ámbito de dominio, se asuma voluntariamente la protección de una persona o la vigilancia de una fuente de peligro, o si se ha creado, por medio de una actuación previa, una situación de riesgo.

En el artículo 7 se añaden otras circunstancias agravantes al delito de tráfico ilícito de migrantes, aplicables también al delito de trata. Además, se incrementan las penas cuando el delito incluye agravantes, tanto para el autor principal como para el cómplice, considerando la relación del autor con la víctima, la gravedad del daño, la vulnerabilidad de la víctima y los medios empleados.

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