Procuraduría quema más de 291 kilos de drogas y sustancias negativas
Distrito Nacional, República Dominicana.-.
La Procuraduría General de la República incineró más de 102 kilos de drogas y otros 189 de sustancias que resultaron negativas luego de ser analizadas en los laboratorios de su dependencia del Instituto Nacional de Ciencias Forenses (INACIF).
El informe del INACIF, que tiene la responsabilidad de quemar las sustancias, detalla que las drogas pesaban en total 102 kilos, 434 gramos y 444 miligramos; mientras que 189 kilos, 189 gramos y 262 miligramos corresponden a sustancias que resultaron negativas tras ser analizadas en sus laboratorios.
Igualmente indica que la incineración abarca 633 casos que recibió en la semana del 14 al 21 del mes en curso, puntualizando que 72 kilos, 489 gramos y 953 miligramos fueron de cocaína clorhidratada; 26 kilos, 622 gramos y 952 miligramos de marihuana; 2 kilos, 770 gramos y 99 miligramos de crack; 355 gramos y 20 miligramos de éxtasis; 149 gramos y 650 miligramos de hachís; 35 gramos y 470 miligramos de metanfetamina, así como 11 gramos y 300 miligramos de heroína.
Las sustancias fueron decomisadas por la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD) en las provincias de Santo Domingo con 70,761.719, Barahona con 6,630.978, Distrito Nacional con 6,542.103, Santiago 5,312.742, Maria Trinidad Sánchez 3,640.811, Duarte 2,481.760, La Vega 1,629.706, La Altagracia 948.903 y Azua 715.423.
También recibieron casos de decomisos, en menor cantidad, de las provincias Espaillat, Hato Mayor, Monte Plata, San Cristóbal, San José de Ocoa, El Seibo, San Juan, Monte Cristi, Sánchez Ramírez, Samaná, Puerto Plata, Independencia y La Romana.
Las sustancias, como de costumbre, fueron incineradas en la 1ra. Brigada de Infantería del Ejército de República Dominicana, ubicada en el kilómetro 25 de la Autopista Duarte del municipio Pedro Brand en Santo Domingo, de conformidad con las disposiciones de los artículos 33 y 92 de la Ley 50-88 sobre Drogas y Sustancias Controladas y el artículo 26, acápite 3 de la Ley 133-11, Ley Orgánica del Ministerio Público.
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