Pina Toribio rechaza PLD impugnara resolución de JCE sobre cuota femenina

SANTO DOMINGO, República Dominicana.- La cuota asignada en la Ley Electoral a las candidaturas de mujeres siempre se ha respetado en el Partido de la Liberación Dominicana (PLD), organización que procura en cada proceso comicial se   cumpla dicho mandamiento legal.

César Pina Toribio.
César Pina Toribio.

La precisión es del Delegado Político del PLD ante la Junta Central Electoral, César Pina Toribio, en  declaraciones por escrito tramitadas por la Secretaría de Comunicaciones del PLD en la que niega rotundamente que esa organización esté impugnando una resolución de la Junta Central Electoral, que distribuye por demarcación,  la cuota femenina.

El también miembro del Comité Político del PLD explica que el pedimento que,  por su intermedio   el Partido de la Liberación Dominicana encausó ante la Junta Central Electoral,  fue de “que se permita a los partidos políticos organizar las candidaturas femeninas en el orden congresional,  de modo que se cumpla con la cuota correspondiente teniendo en cuenta el universo de tales candidaturas con relación a la suma total de candidaturas congresionales”.

Explica Pina Toribio que  la distribución por circunscripciones no es un mandato expreso de la ley sino un esfuerzo plausible de la Junta Central Electoral de tratar de ajustar al máximo dicha distribución.

“Reiteramos nuestro respeto a la participación de la mujer y, en consecuencia, la disposición legal que crea la cuota de la mujer; así como la iniciativa de la Junta Central Electoral en procura de satisfacer al máximo dicho mandato” concluye Cesar Pina Toribio sus declaraciones que la Secretaría de Comunicaciones del PLD copia de manera textual:

DECLARACIONES DE CÉSAR PINA TORIBIO, delegado político del PLD ante la Junta Central Electoral:

El Partido de la Liberación Dominicana (PLD) quiere aclarar por nuestra vía el sentido de nuestra solicitud  de  reconsideración de  la Resolución de la Junta Central Electoral organizando  la distribución de la cuota femenina, para el caso de las elecciones congresionales.

En  primer lugar,  negamos enfáticamente que  estamos impugnando la referida Resolución ni mucho menos que nos neguemos a dar cumplimiento a dicha cuota, con la que siempre hemos estado de acuerdo y respecto de la cual en cada proceso electoral hemos hecho el esfuerzo de cumplirla.

El Partido de la Liberación Dominicana tiene un número de candidaturas femeninas que exceden  la cuota.   Lo que ocurre es que en el caso de las candidaturas a Diputados, y sobre todo en las provincias donde funciona la distribución por Circunscripciones Electorales, se ha presentado la situación de no disponer de candidaturas femeninas en el número correspondiente a tales circunscripciones.

Por eso, lo que solicitamos a la JCE para compensar esa situación, fue que  reconsidere la indicada Resolución, permitiendo que los partidos puedan someter  candidaturas  que satisfagan el porcentaje indicado con respecto al universo de las mismas.

Nuestro pedimento formal a la Junta Central Electoral, mediante comunicación de fecha de 7 de marzo de 2016, fue de “que se permita a los partidos políticos organizar las candidaturas femeninas en el orden congresional,  de modo que se cumpla con la cuota correspondiente teniendo en cuenta el universo de tales candidaturas con relación a la suma total de candidaturas congresionales”.

Y esos casos, para lo que al Partido de la Liberación Dominicana respecta, solo afectaría muy pocas circunscripciones.

La distribución por circunscripciones no es un mandato expreso de la ley sino un esfuerzo plausible de la Junta Central Electoral de tratar de ajustar al máximo dicha distribución.  Pero tal propósito debe dejar abierta la posibilidad de que en algunas jurisdicciones no se pueda cubrir la cuota local, siempre y cuando los partidos puedan postular mujeres en el  número  que corresponda a dicha cuota, aún cuando fuere en otras jurisdicciones.

Reiteramos nuestro respeto a la participación de la mujer y, en consecuencia, la disposición legal que crea la cuota de la mujer; así como la iniciativa de la Junta Central Electoral en procura de satisfacer al máximo dicho mandato.

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