Ministerio Público solicita designar juez especial y apertura a juicio contra Reyes Beltré y Arias Valera
SANTO DOMINGO, República Dominicana.- El Ministerio Público solicitó de manera formal, la designación de un juez de instrucción especial y determinación de fecha para conocer en audiencia preliminar la acusación y requerimiento de apertura a juicio en contra de los jueces Awilda Reyes Beltré y Francisco Arias Valera, a quienes incriminan en hechos que constituyen verdaderos tipos punitivos relacionadas con decisiones reprochables y penalmente relevantes.
El documento está firmado por el procurador general de la República, Francisco Domínguez Brito, como máximo representante del Ministerio Público, en contra de Arias Valera, juez renunciante del Cuarto Juzgado de la Instrucción del departamento judicial de la provincia Santo Domingo y miembro del Consejo del Poder, y Reyes Beltré, jueza suspendida de la Cuarta Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional.
La solicitud indica que, una vez designado el juez de la instrucción especial, se proceda a fijar audiencia preliminar a fin de conocer y decidir la acusación del Ministerio Público en contra de los referidos imputados.
Además, requiere “admitir en todas sus partes la acusación por estar hecha conforme al derecho y sustentada en pruebas lícitas y, en consecuencia, que se dicte auto de apertura a juicio en contra de los acusados como autores de haber adecuado sus conductas al artículo 146 de la Constitución de la República, los artículos 166, 167, 177, 178, 181, 183, 265 y 266 del Código Penal Dominicano, y existir fundamentos suficientes para justificar la probabilidad de una condena en el juicio que habrá de celebrarse en su contra”.
Asimismo solita validar y admitir todos y cada uno de los elementos de prueba de la acusación, a fin de que puedan ser producidos en el juicio que habrá de celebrarse, por haber sido obtenidos conforme a los procedimientos legales establecidos en el ordenamiento jurídico y ser útiles para probar los hechos ilícitos por los cuales se les acusa.
Igualmente, mantener la medida de coerción que pesa en contra de los acusados, consistente en prisión preventiva de tres meses, luego de la sentencia emitida por Ramón Horacio González Pérez, juez presidente de la Segunda Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, en su competencia de magistrado de Instrucción Especial de la jurisdicción privilegiada, dictada el 17 de diciembre de 2015.
En ese sentido sustenta que la prisión preventiva garantiza que los imputados no se “sustraigan al proceso que se le sigue, de conformidad con las disposiciones del numeral 7 del artículo 226 de la Ley No. 76-02, Código Procesal Penal”.
Asimismo, intimar a las partes para que en el plazo común de cinco días, comparezcan ante la secretaria de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional y señalen el lugar de las notificaciones. “¡Es justicia lo que se os pide y lo que se espera obtener de vos!”, finaliza el documento.
El Ministerio Público acusa a Francisco Alberto Arias Valera de forma una red mafiosa dentro del Poder Judicial, que se dedicada a la fabricación de sentencias bajo diversos mecanismos ilícitos, dirigida por él.
Igualmente dice que la red estaba integrada por jueces, exjueces, abogados en ejercicio, además de secretarios y empleados del área administrativa del Poder Judicial de distintas jurisdicciones, entre las que resalta, por el momento, la provincia Santo Domingo, el Distrito Nacional, Santiago, Peravia, entre otras jurisdicciones de las regiones del Cibao, Este y Sur del país.
Asimismo explica que Arias Valera, haciendo valer ante el Consejo del Poder Judicial su condición de miembro influyente, alegadamente aprovechó para crear esta estructura corrupta que se encargaba de recibir sobornos y prebendas de particulares a cambio de favorecer imputados acusados de delitos graves, principalmente de corrupción, narcotráfico y lavado de activos.
En ese sentido dice el documento expresa que Arias Varela presuntamente recibió del imputado Erickson de los Santos Solís (Ney), una cantidad de dinero para ser favorecido con una libertad a través de un Habeas Corpus, dinero que alegan fue entregado por uno de los abogados del imputado al referido entonces consejero, quien a su vez le hace entrega RD$350,000.00 a la imputada Reyes Beltré a cambio de la referida libertad”.
Igualmente explica que posterior a esa decisión y ante el reclamo del Ministerio Público y las víctimas querellantes, la Suprema Corte de Justicia (SCJ), ordenó una investigación en contra de la jueza Reyes Beltré, lo que provocó un encuentro entre la referida imputada y el magistrado Mariano Germán Mejía, presidente de esa instancia y del Consejo del Poder Judicial.
También dijo que, según lo declarado por Germán Mejía, el dinero constituía en un avance del total y que fue entregado por el consejero Arias Valera, quien a su vez lo recibió de manos de uno de los abogados del imputado, por igual haber decidido y fallado los casos Torre Atiemar y aeronave caso Banco Peravia.
Dentro de ese orden es que en fecha 2 de noviembre de 2015, Reyes Beltré le entrega o devuelve a Arias Valera la referida suma.
La investigación del Ministerio Público también determinó que la sentencia No. 094-2015 de fecha 7 de julio de 2015, dictada por la imputada Reyes Beltré, cuando devolvió la aeronave CESSNA, matrícula N61MA a José Bacile, fue otorgada de manera ilícita con la coautoría del acusado Arias Valera.
También, en iguales circunstancias fue dictada la sentencia No. 118-2015 por Reyes Beltré, el 30 de octubre de 2015, para favorecer mediante un amparo con US$20,000,000.00 a la sociedad Prado Universal Corp, a pesar de que el pedimento de los accionantes no tenía ningún fundamento en derecho y la imputada no tenía competencia en virtud del objeto que perseguían los accionantes.
La solicitud también recoge el informe pericial No. D-0644-2015 de fecha 8 diciembre de 2015, sobre análisis de experticia caligráfica realizado por la licendia Yelida M. Valdez López, analista forense, a los recibos constancias de la devolución del dinero fruto de la prevaricación.
También destaca las pruebas testimoniales, con declaraciones del abogado Francisco José Juan Rafael Álvarez Valdez, quien testificó que la imputada Reyes Beltré admitió, frente a él, haber recibido órdenes y dinero del coimputado Arias Varela para emitir sentencias favorables ante los referidos casos. Igualmente, la del abogado Justiniano Montero Montero y Edgar Eliezer Torres Reynoso.
De igual manera señala que los referidos imputados mantienen escondidos los dineros producto del ilícito investigado, muy a pesar de las múltiples diligencias practicadas en este sentido por el Ministerio Público, entre las que cabe señalar, mediaciones de terceros, conversatorios, requerimientos y el allanamiento practicado a la residencia de Awilda Reyes Beltré.
Asimismo, destaca las pruebas materiales remitidas mediante una comunicación suscrita por el presidente de la SCJ, del 8 de diciembre de 2015, dirigida a Domínguez Brito, mediante la cual le envía un disco compacto que contiene fotografías de un bolso, del fajo de dinero y videos de entrada y salida de los referidos imputados.
Igualmente, un DVD conteniendo fotos del dinero producto del delito y de la cartera que lo contenía.
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