Junta Central Electoral acoge sentencia del Tribunal Constitucional contra el voto del “arrastre”
DISTRITO NACIONAL, República Dominicana.- La Junta Central Electoral anunció que acatará a unanimidad la sentencia mediante la cual el Tribunal Constitucional ha decidido la eliminación del voto del arrastre para las elecciones presidenciales y congresionales de 2020.
Ese fallo fue emitido por el Tribunal Constitucional al conocer los expedientes TC-01-2014, TC 01-2016-0034 y TC-012017-0022 y TC 01-2018-0039, depositados por el abogado Ángel Lockward y la Fuerza Nacional Progresista, como otras personalidades.
El Pleno de la Junta informó que “Una vez sea notificada la sentencia íntegra, ejecutará las medidas que fueren necesarias para la revisión y adecuación de las normas y actos, fundamentos en el párrafo del artículo 2 de la Ley 157-13, de fecha 9 de diciembre de 2013, disposición que fue declarada inconstitucional y anulada por el Tribunal Constitucional”.
El Tribunal Constitucional dio a conocer el pasado el lunes el dispositivo de la sentencia en la que declaró inconstitucional y nulo “de forma inmediata y para el futuro” el párrafo del artículo 2 de la Ley 153-13 del voto preferencial, el cual establece el voto del arrastre entre diputados y senadores.
Ese recurso fue depositado el 23 de agosto de 2018 por Ángel Lockward, César Nicolás Melo Matos, Fuerza Nacional Progresista, Vinicio Castillo Semán, Josefina Guerrero, Andrés Nicolás Contreras, Yeralda Nicolasa Contreras, Rosanna Natalie Contreras Guerrero, Juan Isidro Francisco y Rudy Bonaparte Montás.
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