Entidades acuerdan financiar diplomados y maestrías para abogados
DISTRITO NACIONAL, República Dominicana.- El Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD), la Cooperativa de los Abogados de RD (COOPCARD) y la Cooperativa de Ahorros y Créditos de Herrera (COOPHERRERA) firmaron un acuerdo a través del cual serán financiados diplomados, cursos y maestrías para los miembros del gremio.
El acuerdo fue firmado por el presidente del Colegio de Abogados, Miguel Surun Hernández; la presidenta de la Cooperativa del CARD, Yanaira Valenzuela; la presidenta del Consejo de Administración de la Cooperativa de Herrera, Kenia del Carmen Liriano y el administrador general ejecutivo de dicha entidad, Jorge Eligio Méndez, en presencia de Lucia Florentino, presidenta del gremio en la provincia Santo Domingo y gestora del pacto.
Miguel Surun Hernández, presidente del CARD, informó que el objetivo de dicho acuerdo es gestionar y otorgar facilidades para acceder a financiamientos de maestrías, postgrados, diplomados para poder titularse en las Universidades establecidas por el CARD.
Asimismo busca impulsar la formación y capacitación de los Abogados de la Republica Dominicana y fomentar su afiliación al cooperativismo, sobre todo a COOPHERRERA y COOPNA.
Mientras Kenia del Carmen Liriano, presidenta del Consejo de Administración de COOPHERRERA, agregó que dicho pacto busca facilitar el financiamiento blando a los miembros del CARD, quedando la misma como garante de viabilizar que sus integrantes cumplan con las obligaciones contraídas.
El acuerdo también pretende fortalecer la competencia de los Abogados en el desarrollo de temas relacionados con las Buenas Prácticas Formación, Comerciales, Administración, de Negocios, y cultura del ahorro, entre otros temas vinculados.
Además tiene la intención de establecer actividades conjuntas de promoción y empoderamiento de las normas y las estrategias de las leyes que rigen ambas entidades, para impulsar las políticas del cooperativismo y la capacitación de Derecho.
Dicho convenio tiene una vigencia de un año a partir de la fecha de suscripción del mismo por las partes.
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