Empresa adquiriente de Falcondo no podrá operar en RD sin cumplir requisitos legales ante Energía y Minas

SANTO DOMINGO, República Dominicana.- El Ministerio de Energía y Minas advirtió hoy que la empresa identificada como Americano Nickel Limited –adquiriente del 100% de las acciones de Falcondo- no podrá operar la mina de ferroníquel de Bonao sin el permiso oficial de la institución, que implica cumplir una serie de requisitos y trámites legales.

“Es beneficioso para la provincia Monseñor Nouel, la región y para el país que se reactive la operación de la mina, pero esto debe hacerse siguiendo estrictamente los procedimientos que establecen las leyes y las normas”, subrayó Isa Conde.

El ministro Antonio Isa Conde se dirigió en esos términos a David Soares, presidente de Falcondo y a Rosa de los Santos, ejecutiva de la minera, quienes le visitaron en la tarde de este jueves para informar al funcionario sobre el traspaso accionarial. “En este ministerio la transparencia y el cumplimiento de la ley son ejes fundamentales”, señaló.

Antonio Isa Conde.
Antonio Isa Conde.

Sostuvo que, para determinar la viabilidad de la operación de la empresa adquiriente de las acciones de Falcondo, se requiere todo un proceso complejo, que implica depositar una serie de documentaciones y evidencias previstas en la Ley Minera 146-71, que crea el Ministerio de Energía y Minas.

“Recordemos que la Ley 100-13, que crea este ministerio, traspasó todas las competencias y referencias que del hoy Ministerio de Industria y Comercio se hiciera en cualquier disposición legal o reglamentaria, contratos, convenios, concesiones, licencias o documentos legale anteriores”, aclaró Isa Conde.

Agregó que la resolución 502 del 1969, que valida el traspaso del contrato de explotación entre Falconbridge y el Estado dominicano establece en su artículo 9 que “al Gobierno se le notificará de cada venta o traspaso de la concesión y sus bienes…”

Señaló que esta obligatoriedad –según la disposición oficial- se ejercía ante al Secretario de Estado de Industria y Comercio, pero que ahora debe realizarse ante el Ministerio de Energía y Minas, que es la institución rectora de la política minera y energética del país.

Isa Conde le señaló a los ejecutivos de Falcondo que esa misma disposición establece taxativamente que “ninguna venta o traspaso será válido sin el consentimiento previo y por escrito del Secretario de Estado de Industria y Comercio” (función que ahora corresponde al Ministerio de Energía y Minas).

Indicó que este procedimiento está también validado por el  artículo 85 de la Ley Minera 4550, vigente al momento del otorgamiento de la concesión del Estado dominicano a la minera Falconbridge.

“Es beneficioso para la provincia Monseñor Nouel, la región y para el país que se reactive la operación de la mina, pero esto debe hacerse siguiendo estrictamente los procedimientos que establecen las leyes y las normas”, subrayó Isa Conde.

Dijo que el gobierno del presidente Danilo Medina tiene un criterio de la institucionalidad que rompe con los vicios y oscurantismos del pasado y que en esa misma línea se inscribe el Ministerio de Energía y Minas, institución que da los pasos necesarios para integrarse a la Iniciativa para la Transparencia de la Industria Extractiva (ITIE).

 

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