Diputados del PLD depositan proyecto para derogar la Ley 1-24 sobre el DNI
Distrito Nacional, República Dominicana.-.
Bajo el alegato de que la Ley 1-24 sobre la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI) es contraria a la Constitución, diputados del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) depositaron un proyecto mediante el cual procuran la derogación de esa iniciativa que ha generado un debate a favor y en contra, ya que se considera que se lesionen derechos fundamentales.
El proyecto para la derogación del proyecto fue presentado por los diputados Luis Henríquez y Elpidio Báez.
Esos diputados consideran que la recién promulgada Ley 1-24 contradice la Declaración de la Sociedad Interamericana de la Prensa y tratados internacionales de derechos humanos.
Por igual, afirman que la legislación que defiende el Gobierno choca con la Convención Americana de los Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos asumidos por el país.
Entiende que el Congreso Nacional debe ser el escenario para resolver el problema surgido por la aprobación de esa ley.
“De conformidad al artículo 89 de nuestra Constitución, el Poder Ejecutivo puede convocar de forma extraordinaria a una legislatura. Entendemos que esta es una excelente oportunidad para llamar a los legisladores a una sesión de urgencia en la que deroguemos esta ley, que viola derechos fundamentales consignados en la Constitución”, afirmó Luis Henríquez.
De su lado, el diputado Elpidio Báez, miembro de la Comisión que estudió la pieza legislativa, manifestó que el PLD y su bancada plantearon que el DNI debe estar regido por límites y control, por ser una dependencia del Poder Ejecutivo, principalmente sobre las garantías de los derechos consagrados en la Constitución y evitar los excesos que pudiera cometer esa institución.
En el proyecto sometido, los diputados indicaron que durante la aprobación de la ley 01-24, se violó el debido proceso del Reglamente Interno de la Cámara de Diputados sobre la debida publicidad en las discusiones de las modificaciones a los proyectos de ley durante la moderación de los debates.
La propuesta de ley presentada por Luis Henríquez y Báez, mantiene vigente la ley 857, del 22 de julio de 1978, que dispone que el Departamento Nacional de Investigaciones estará bajo la dependencia de las Fuerzas L
Los artículos más conflictivos son el 9, 11 y 26 de la Ley 1-24 por abordar aspectos relativos a la obligatoriedad que tiene toda persona a suministrar información a la DNI, siempre que se considere oportuno.
El artículo 9, numeral uno, establece que la DNI puede investigar “cualquier actividad llevada a cabo por personas, grupos o asociaciones, que atente contra los intereses u objetivos nacionales, las instituciones del Estado, subvierta el estado de derecho, ponga en riesgo la seguridad nacional e interior, o trate de establecer una forma de gobierno contraria al ordenamiento constitucional.
El artículo 11 obliga a “las dependencias del Estado, instituciones privadas o personas físicas, sin perjuicio de las formalidades legales para la protección y garantía del derecho a la intimidad y el honor personal a entregarle a la Dirección General de Inteligencia” todas las informaciones que esta requiera para resguardar la seguridad nacional.
El artículo 26 de la Ley 1-24 establece sanciones penales, como prisión menor de dos a tres años y multas desde nueve a quince salarios mínimos del sector público. Esto, contra quienes “oculten informaciones” requeridas por la DNI.
La legislación cuenta con el rechazo de la Fundación Institucionalidad y Justicia, el Consejo Dominicano de Unidad Evangélica, la Sociedad Dominicana de Diarios y el Frente Amplio de Lucha Popular.
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