Colegio de Abogados dará asistencia legal a afectados por rebotes de clínicas

SANTO DOMINGO.- El presidente del Colegio de Abogados de República Dominicana (CARD), Miguel Surun Hernández, anunció que ofrecerá asistencia legal gratuita al Ministerio de Salud Pública, al Ministerio Público y a la familia Caamaño, en caso de que lo requieran, para que se establezcan las responsabilidades de lugar por la muerte de Claudio Caamaño.

Informó que el CARD cuenta con un cuerpo de abogados especializados dispuestos a trabajar en este caso.

Miguel Surun.
Miguel Surun.

El gremio también ofrecerá asistencia legal a cualquier otra persona que haya sido afectada por los rebotes de clínicas a través del Departamento de Asistencia a Víctimas, para defender los derechos de los usuarios de la salud y de los afiliados al sistema de seguridad social.

“El CARD no desmayara hasta que los responsables de las muertes provocadas por los rebotes de clínicas paguen sus culpas y sobre ellos caigan todo el peso de la ley”, expresó Surun Hernández.

Calificó como lamentable que en las emergencias de gran parte de los Centros Médicos Privados cuando llega un paciente grave, antes de darle los primeros auxilios los médicos le preguntan a él o a sus familiares si tiene seguro o una cantidad determinada de dinero y en caso de que no rechazan atender al paciente. 

Homicidio Involuntario

Miguel Surun, presidente del gremio, informó que el rebote de pacientes en centros de salud puede ser tipificado como homicidio involuntario.

Explicó que cuando la falta de una persona genera la perdida de una vida humana se tipifica el delito de homicidio involuntario, que es aquel que se genera a la luz de una imprudencia o una falta de la gente.

Agregó que el requisito fundamental para que exista el homicidio involuntario es que haya un hilo conductor entre la falta y el homicidio, es decir que hay que demostrar que esa muerte se produjo como consecuencia de una falta.

Otra implicación que pueden enfrentar los centros salud que se rehúsan a recibir los pacientes son de responsabilidad administrativa, que ante el incumplimiento de sus obligaciones el Ministerio de Salud Pública puede imponer sanciones administrativas de carácter pecuniario y amonestaciones incluyendo la suspensión del permiso de operación temporal o definitivo, por violación a la Ley de Salud y del Reglamento Hipocrático, según expresó.

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