LA ROMANA.- En atención al pedimento hecho por el Ministerio Público de esta jurisdicción, el Tribunal Colegiado dictó una condena de 20 años de prisión en contra de un hombre acusado de perpetrar un robo en perjuicio de un ciudadano residente en la calle Dr. Ferry de esta provincia.
La pena fue impuesta a Rikelvin Sánchez Ramírez, alias Pirry, quien fue hallado culpable de llevar a cabo la acción delictiva en perjuicio del señor Jesús Mercedes.
Para probar su acusación, el Ministerio Público presentó como medio de prueba testimonial las declaraciones de la víctima y pruebas documentales que contenían dos certificados médicos que les fueron expedidos, entre otras evidencias.
El Ministerio Público planteó que en fecha 27 de abril del 2008, siendo aproximadamente las 10:05 de la mañana, cuando el señor Jesús Mercedes se encontraba sentado frente a su residencia, acompañado de su madre y una hermana, fue interceptado por el imputado, quien se presentó al lugar acompañado de dos más, uno de ellos a bordo de una motocicleta marca Suzuki Xa100.
Expuso que el imputado Sánchez Ramírez sacó un revolver y encañonó a la víctima, manifestándole que se trataba de un atraco, y procedió luego a despojarlo de una cadena de color amarillo y de todo lo que poseía al momento del hecho.
Del mismo modo, estableció que durante el incidente el imputado hirió a la víctima en ambas piernas tras despojarlo de su arma de fuego, una pistola marca HI POWER, calibre 9mm, No. 419074, amparada mediante licencia para porte y tenencia de armas nos. 673294 y 473293. Indicó que tras el hecho el imputado emprendió la huida junto a sus acompañantes.
Durante el desarrollo del juicio, la Procuraduría Fiscal de La Romana, que dirige el magistrado Richard Güilamo Cedano, a través de la procuradora fiscal Olga Lidia Coss Acevedo, acusó al imputado de violentar los artículos 265, 266, 379 y 382 del Código Penal, los cuales tipifican los delitos de asociación de malhechores y el robo con violencia.
La condena fue impuesta por los jueces Francisco Domínguez, Karuchy Sotero Cabral y Maximiliano Peguero de Aza, quienes acogieron lo solicitado por el Ministerio Público, el cual explicó que hizo la petición ante la gravedad del hecho, la connotación social del delito y por existir suficientes elementos de prueba que vinculaban al procesado con la actividad delictiva.
Los comentarios están cerrados.