SANTIAGO, República Dominicana.- Mediante sentencia civil marcada con el número 0514-2018-SSEN-00032, el Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial de Santiago declaró inadmisible el Recurso de Amparo incoado por la Corporación de Acueducto y Alcantarillado de Santiago, (Coraasan) donde pretendía que ese tribunal ordenara la apertura de una estafeta comercial que funcionaba en la sede de las oficinas principales que alojan el Ayuntamiento del Municipio de Santiago.
La decisión fue rendida por el Magistrado Juez Presidente del Tribunal Civil Licenciado Henry V. Dominguez D., actuando como Juez de Amparo, en razón de lo que dispone el artículo 72 de la Constitución Dominicana y la Ley 137-11 que establece los procesos constitucionales.
Dentro las razones que expuso el juez en su motivación expuso que en la especie el tribunal entiende que el conflicto surgido entre el Ayuntamiento de Santiago y Coraasan, en torno al lugar que el Ayuntamiento decidió utilizar en los asuntos propios debido a las precariedades de espacio físico existentes en la entidad edilicia.
Con esta decisión el tribunal dejó claro que Coraasan no cuenta con ningún derecho adquirido sobre bien alguno del Ayuntamiento.
La decisión a favor del Ayuntamiento de Santiago es de fecha 23 de enero del presente año 2018 y la misma fue declarada libre de costa por tratarse de una Acción de Amparo.
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