SANTO DOMINGO, República Dominicana.- La Procuraduría General de la República valoró como un gran avance y aporte a lucha efectiva contra el lavado de activos, la promulgación de la nueva Ley 155-17 sobre Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.
Considera que esta nueva normativa, que contiene once propuestas hechas por la Procuraduría General, permitirá al Estado dominicano contar con las herramientas necesarias para atacar y erradicar de manera eficaz el lavado de activos, conforme a los lineamientos internacionales más recientes.
La nueva Ley 155-17, promulgada por el presidente de la República, Danilo Medina, sustituye la Ley 72-02 sobre el Lavado de Activos proveniente del Tráfico Ilícito de Drogas, del 7 de junio de 2002.
El procurador general de la República, Jean Rodríguez, quien forma parte del Comité Nacional contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo, participó de manera activa junto a miembros de la recién creada área de Desarrollo Legislativo y Regulatorio del Ministerio Público en la conformación de la recién promulgada ley.
Como parte de los aportes a la conformación de esta ley, el procurador Rodríguez presentó propuestas de modificación al proyecto y realizó observaciones de forma y fondo que fueron acogidas en su totalidad, las cuales tienen la finalidad de hacer más efectiva la lucha contra la corrupción y la impunidad.
Las propuestas fueron hechas en torno a diferentes aspectos, incluyendo el enriquecimiento ilícito de funcionarios públicos en el ejercicio de sus funciones, como delito precedente del lavado de activos.
En un comunicado de prensa, la institución expresa que con la implementación de esta nueva ley se podrá combatir con mayor firmeza y eficacia todas las actividades criminales transnacionales que pongan en peligro los intereses de la República y de sus habitantes.
Destaca que con este instrumento de avanzada, la República Dominicana, en cuanto a la visión internacional, cumple con estándares que garantizan la disponibilidad de información de los agentes económicos, de sus actividades y de los beneficiarios finales de las mismas, tal como lo asumió en el año 2013 al adherirse al Foro Global para la Transparencia e Intercambio de Información con fines Fiscales.
Indica que la normativa es un instrumento legal de vanguardia en materia de persecución de este tipo de crimen organizado, que establece los actos y sanciones que tipifican el lavado de activos, agregando novedades de técnicas de investigación, prevención y detección de las operaciones.
También, establece el uso eficiente de la colaboración interinstitucional, el análisis previo financiero y la colaboración directa del sector privado como sujeto obligado, además de tomar en cuenta el flagelo internacional de financiación del terrorismo, entre otros aspectos importantes.
Sanciones
La nueva Ley contra el Lavado de Activos contempla una pena máxima de 20 años de prisión y una mínima de 10 años, y además establece el decomiso de los bienes y duplica la penalidad económica.
Asimismo, en el caso de los funcionarios de organismos supervisores que colaboren con los ejecutores del lavado de activos por acción u omisión, o que revelen información confidencial a terceros, la pena mínima pasará de 6 meses a 2 años.
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