Finjus pide transparencia en la selección de jueces de Suprema y del Tribunal Electoral
DISTRITO NACIONAL, República Dominicana.- La Fundación Institucionalidad y Justicia planteó que sean transparentes y públicos los procedimientos que utilice el Consejo Nacional de la Magistratura para la selección de cuatro jueces de la Suprema Corte de Justicia y de cinco integrantes del Tribunal Superior Electoral.
La posición de la entidad fue fijada en un documento por su vicepresidente Servio Tulio Castaños Guzmán, en el que se indica que todos los procedimientos y los criterios del Consejo de la Magistratura deben ser conocidos por la ciudadanía y en plazos que permita la participación en el proceso.
Consideró necesario que la población conozca el perfil de los candidatos para la Suprema Corte y el Tribunal Electoral, así como sus convicciones morales y políticas.
En tal sentido, Finjus manifestó que los criterios sean legalmente establecidos, técnicamente depurados y públicamente explicados, con total respeto a lo que establece la ley de carrera judicial.
Nuevos integrantes de SCJ y Tribunal Electoral
En la Suprema serán escogidos los sustitutos de Martha Olga García y Dulce Rodríguez, por cumplir la edad requerida de los 75 años, y del juez Víctor José Castellanos, que se acoge al plan de retiro, así como la vacante de Julio César Castaños Guzmán, renunciante de la vicepresidencia del organismo para asumir la presidencia de la Junta Central Electoral.
En el caso del Tribunal Electoral serán seleccionados los reemplazantes de Mariano Rodríguez, Marino Mendoza, Mabel Féliz, José Manuel Hernández Peguero y John Garrido, quienes –sin embargo- podrían ser ratificados por el Consejo de la Magistratura.
“Aunque la Constitución otorga al Consejo Nacional de la Magistratura la facultad de conformar las altas cortes, esto no quiere decir que los ciudadanos deben estar ajenos al proceso”, expresó la entidad en el documento.
A continuación texto íntegro de Finjus:
FINJUS EXHORTA AL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA A ESCOGER JUECES DE ALTAS CORTES CON CRITERIOS PROFESIONALES Y LEGALES Y DE FORMA TRANSPARENTE
En virtud de la convocatoria al Consejo Nacional de la Magistratura (CNN) para la designación de los nuevos integrantes de las altas cortes, la Fundación Institucionalidad y Justicia, Inc., (FINJUS) entiende pertinente realizar algunas puntualizaciones sobreel proceso deliberativo y los retos que debe asumir el Consejo para garantizar un proceso de selección y nominación transparente, participativo y consensuado con la sociedad, el marco de la Constitución y las leyes.
Sobre la exigencia de que la fase deliberativa de las reuniones del Consejo Nacional de la Magistratura sea pública, consideramos importante destacar que Ley General de Libre Acceso a la Información Pública No. 200-04, en su artículo 17 literal h, establece un principio de reserva limitativa “cuando se trate de informaciones referidas a consejos, recomendaciones u opiniones producidas como parte del proceso deliberativo y consultivo previo a la toma de una decisión de gobierno”.En efecto, es está disposición legal que faculta al Consejo a no publicitar el proceso deliberativo y consultivoprevió a la nominación de los representantes de las altas cortes.Sin embargo, esto no exime al Consejo Nacional de la Magistratura de actuar con transparencia y responsabilidad en el proceso de votación y nominación.
No obstante a lo anterior, es obligatorio que el proyecto de reglamento elaborado por el Consejo Nacional de la Magistratura cumpla con el proceso de publicidad y socialización, tal como lo establece el artículo 23 de la Ley de Acceso a la Información Pública, No. 200-04, que reza:“ Las entidades o personas que cumplen funciones públicas del estado tienen la obligación de publicar, a través de medios oficiales o privados de amplia difusión, incluyendo medios o mecanismos electrónicos y con suficiente antelación a la fecha de su expedición, los proyectos de regulaciones que pretendan adoptar mediante reglamento o actos de carácter general, relacionadas con requisitos o formalidades que rigen las relaciones entre los particulares y la administración, o que se exigen a las personas para el ejercicio de sus derechos y actividades”.
Lo anterior implica que todos los procedimientos sean conocidos por la ciudadanía, que los criterios para evaluar a los candidatos estén claros y sean públicos, que el Consejo anuncie con tiempo las etapas del proceso que irá agotando y que lo haga en plazos que le permita participar a la ciudadanía Además, es necesario que los criterios de selección sean legalmente establecidos, técnicamente depurados y públicamente explicitados.
Otro aspecto neurálgico en el proceso de selección es el respeto a los criterios establecidos en la carrera judicial para la designación de los magistrados de carrera. Asimismo, es vital que la ciudadanía conozca el perfil de los candidatos a integrar esos órganos o cuáles son sus convicciones morales y políticas. Además, la escogencia de los nuevos integrantes de las altas cortes, debe realizarse sobre la base de un proceso mediante el cual resulten designados jueces objetivos, de trayectoria incuestionable, competencias y aptitudes adecuadas, moral intachable y que inspiren respeto de parte de la población.
Aunque la Constitución otorga al Consejo Nacional de la Magistratura la facultad de conformar las altas cortes, esto no quiere decir que los ciudadanos deben estar ajenos al proceso. No hay que olvidar que el artículo 2 constitucional proclama que el soberano es el pueblo y el artículo 4 señala que todos los poderes públicos son responsables ante este soberano. Por tanto, un momento de tal trascendencia no puede producirse de espaldas a la ciudadanía, que deberá jugar su rol de veeduría social, para seguir avanzando en la construcción de la institucionalidad democrática de país.
Dr. Servio Tulio Cataño Guzmán
Vicepresidente Ejecutivo de FINJUS
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