Quince años de prisión contra hombre que provocó muerte a otro en San Cristóbal
SAN CRISTÓBAL, República Dominicana.-
El Ministerio Público de este distrito judicial obtuvo una sentencia condenatoria de 15 años de prisión en contra de un hombre que mató a otro de varios disparos con un arma de fuego ilegal, en un hecho ocurrido en el sector El Vacacional, de los Bajos de Haina, el 28 de octubre de 2020.
El Tribunal Colegiado de San Cristóbal, encabezado por Biulkys Milanés, dictó la sentencia condenatoria en contra de Roger Ramírez Cuevas (Cabeza), quien fue hallado culpable de provocarle la muerte a Daniel Del Rosario Encarnación (Caoba) a causa de heridas a distancia de proyectil de arma de fuego con entrada en hemitórax izquierdo y salida en región dorso lumbar derecha.
Los fiscales litigantes Ingris Guerrero Polanco (también investigadora) y Daryl Montes de Oca aportaron distintos elementos de pruebas, documentales, testimoniales y periciales que fueron evaluados y acogidos por el tribunal que decidió condenar a Ramírez Cuevas a cumplir la pena en la cárcel pública de Barahona.
Por el caso también fue procesada Fermina Batista (Minina o Ninina), a quien le fue emitida una sentencia absolutoria. Batista fue acusada de asociarse a su pareja, el hoy condenado Ramírez Cuevas, para cometer el crimen.
El expediente acusatorio señala que la víctima le había alquilado una casa a Batista y que esta tenía varios meses que no le pagaba la renta, por lo que el hoy occiso le pidió que le desocupara el inmueble, al cual él le había descobijado parte del techo el día anterior de ocurrir el caso.
Indica que la acusada le decía a la víctima “que esa casa le iba a pertenecer y que lo iba a matar”, lo que se consumó el citado día, alrededor de las 12:05 de la tarde, según indicaron testigos del hecho, quienes ofrecieron sus testimonios en el proceso.
Señala la acusación, que el acusado salió en busca de la víctima y que cuando lo encontró en la casa de un vecino le propinó los disparos mortales.
El Ministerio Público le atribuyó al caso la calificación jurídica de violación a los artículos 265, 266, 295, 296, 297, 298 y 304 del Código Penal Dominicano, y los artículos 66 y 67 de la Ley 631-16 para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados.
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