Superintendencia de Bancos aclara sobre informe técnico de Banco Peravia

SANTO DOMINGO.- La Superintendencia de Bancos aclaró este jueves que no ha recibido ningún requerimiento de un informe técnico de parte de la Fiscalía del Distrito Nacional sobre la situación financiera del intervenido Banco Peravia.

La entidad aclaró, sin embargo, que mal podría el Ministerio Público condicionar su accionar al envío de ese informe técnico, cuando las querellas que dice tener sobre el Banco Peravia habían sido interpuestas hace tres meses por algunos ahorrantes.

Edificio de la Superintendencia de Bancos.
Edificio de la Superintendencia de Bancos.

La Superintendencia de Bancos manifestó que elaborará el informe técnico reclama la Fiscalía del Distrito Nacional cuando cumpla con la resolución de la Autoridad Financiera y Monetaria que ordena la disolución del Banco Peravia.

Las querellas que reposan en la Fiscalía del Distrito Nacional fueron tramitadas contra Luis Santoro Castellanos, Gabriel Jiménez Aray y los hermanos Nelson Serret Sugrañez, Carlos Alberto Serret Sugrañez y Jorge Serret Sugrañez.

ocumento emitido por la Superintendencia de Bancos

La Superintendencia de Bancos, tiene a bien aclarar que hasta el día de hoy, no ha recibido requerimiento de informe técnico alguno de parte de la Fiscal del Distrito Nacional, para esa instancia judicial accionar frente a las diversas querellas interpuestas por diferentes personas en contra de los señores Luis Santoro Castellano, Grabiel A. Jimenez Aray, y los hermanos Nelson SerretSugrañez, Carlos Alberto SerretSugrañez, y Jorge SerretSugrañez,  accionistas del Banco Peravia de Ahorro y Crédito SA.

Es costumbre de esta Superintendencia de Bancos proceder con la remisión inmediata de cualquier tipo de información requerida por la Fiscalía; ya sea lo requerido de índole personal, o técnico, pero siempre ajustada al cumplimiento de las formalidades legales.

Es importante resaltar que la Superintendencia de Bancos actúa en el marco de la Ley Monetaria y Financiera, pero las querellas depositadas además de tipificar violaciones a la Ley Monetaria y Financiera, también consignan violaciones a disposiciones previstas en el Código Penal(abuso de confianza y asociación de malhechores) y Ley de Lavados de Activos; por cuanto el Ministerio Público no debería condicionar su accionar a la recepción de un informe de este órgano de la Administración Monetaria y Financiera, que habrá de surgir en ocasión del proceso de disolución del Banco Paravia.

Vale señalar además, que la Superintendencia de Bancos, producirá uninforme a partir de la ejecución la Resoluciónla Autoridad Monetaria de fecha 19 de Noviembre del 2014 que ordena la disolución del Banco de Ahorro y Crédito Peravia  SA, y en tal sentido mal podría esa Fiscalía condicionar su accionar al recibo de este informe, cuando las querrellas habían sido interpuestas hasta tres meses antes de producirse la resolución de la Autoridad Monetaria.

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