Fiscales actuantes habrían violado dos instrucciones sobre acuerdo pleno y parcial
DISTRITO NACIONAL, República Dominicana.- La Procuraduría General de la República (PGR) advirtió que los acuerdos plenos y parciales en un proceso penal y específicamente en caso de violencia de género agravada, están sujetos a ser comunicados previamente al director nacional de persecución y autorizados por este funcionario de la Procuraduría General de la República.
En ese sentido, la institución del sistema de justicia dijo que los fiscales suspendidos Pedro Núñez Jiménez y Margarita Hernández Morales, quienes actuaron en el proceso penal seguido en el departamento judicial de San Pedro de Macorís contra el señor Yasmil Oscar Fernández, quien provocó la muerte a su expareja Anibel González, violaron dos instrucciones del procurador general de la República que deben aplicar los representantes del Ministerio Público para el abordaje correcto de esos casos.
En un comunicado de prensa la PGR explica sobre las violaciones de las dos instrucciones que, primero, con relación a dichos fiscales, éstos violaron los lineamientos puestos en marcha por el procurador Jean Rodríguez para la investigación y persecución eficaz de los casos relacionados a la violencia de género, y segundo también violaron lo establecido en el memorándum de fecha 28 de febrero del año 2017 donde les instruye a los fiscales titulares que los acuerdos, tanto plenos como parciales, previo a su ejecución, deben ser notificados y autorizados por escrito por el director general de Persecución del Ministerio Público.
En torno al acuerdo al que se arribó en el caso del señor Yasmil Oscar Fernández, precisó que en fecha 06 de febrero del año 2019, el Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San Pedro de Macorís, homologó el Acuerdo Parcial suscrito entre el imputado Yasmil Oscar Fernández y la representante del MP y encargada de la Unidad de Atención Integral a Víctimas de Violencia de Género de San Pedro de Macorís, magistrada Margarita Hernández.
Informó que tan pronto las autoridades superiores del Ministerio Público tomaron conocimiento de dicho acuerdo homologado por el tribunal, el director de persecución del MP, magistrado Fernando Quezada, envía el 11 de febrero del mismo año, un memorándum al fiscal titular de SPM, magistrado Pedro Núñez, quien es el superior inmediato de la magistrada Margarita Hernández, solicitándole realizar una investigación sobre ese proceso penal, advirtiéndole que ese Despacho desconoce quién autorizó dicho acuerdo, violatorio de las instrucciones generales dictadas por el procurador general de la República.
Dijo que posteriormente, como parte del proceso de investigación, fueron llamados al Despacho del director de persecución, en varias ocasiones, tanto el fiscal titular como las magistradas Margarita Hernández y Luz Aurora Almonte, ésta última quien a requerimiento del director de persecución, magistrado Fernando Quezada, envía el 28 de febrero de 2019, un informe sobre el caso, que es el informe solicitado y entregado que circula en las redes sociales y medios de comunicación.
“Es importante señalar, que cuando las autoridades superiores del MP tienen conocimiento de dicho acuerdo, es ya un acuerdo homologado por un juez y de acuerdo a la norma procesal, la única vía que tenía el MP actuante era solicitar la revocación del mismo por ante el Juez de la Ejecución de la Pena, siempre que tuviera información y evidencias de que el imputado estaba incumpliendo con lo acordado en dicho acuerdo”, señala el comunicado de prensa.
La PGR explicó en ese sentido, que en estos momentos la Inspectoría del MP profundiza las investigaciones de este caso y dijo que una de las cosas que espera determinar en esta investigación es si el Ministerio Público actuante contaba con esas evidencias para poder solicitar su revocación y, si aun teniéndolas, no procedió con las diligencias de lugar.
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